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Condiciones generales

Cargo Specialties Nederland B.V.

La sociedad de responsabilidad limitada Cargo Specialties Nederland B.V. (en adelante: CSN) está inscrita en la Cámara de Comercio con el número 80552900 y tiene su domicilio social en Poortland 66 (1046BD), Ámsterdam.

Artículo 1 – Definiciones

1. En estas condiciones generales se utilizan los siguientes términos con el significado que se indica a continuación, salvo que se indique expresamente lo contrario:

2. Oferta: Toda oferta escrita dirigida al Comprador para el suministro de Productos por parte del Vendedor, a la que estas condiciones están inseparablemente vinculadas.

3. Empresa: La persona física o jurídica que actúa en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial.

4. Comprador: La Empresa que celebra un Contrato (a distancia) con el Vendedor.

5. Contrato: El contrato de compraventa (a distancia) destinado a la venta y entrega de Productos adquiridos por el Comprador a CSN.

6. Productos: Los Productos ofrecidos por CSN consisten en materiales de embalaje en el sentido más amplio de la palabra.

7. Vendedor: El proveedor de Productos al Comprador, en adelante: CSN.

Artículo 2 – Aplicabilidad

1. Estas condiciones generales se aplican a toda Oferta de CSN y a todo Contrato entre CSN y un Comprador, así como a todo Producto ofrecido por CSN.

2. Antes de celebrar un Contrato (a distancia), el Comprador recibirá estas condiciones generales. Si esto no fuera razonablemente posible, CSN indicará al Comprador de qué manera puede consultar las condiciones generales, que en cualquier caso están publicadas en el sitio web de CSN, de modo que el Comprador pueda guardar fácilmente estas condiciones generales en un soporte de datos duradero.

3. En situaciones excepcionales podrá desviarse de estas condiciones generales si así se ha acordado explícitamente y por escrito con CSN.

4. Estas condiciones generales también se aplican a los acuerdos complementarios, modificados y posteriores con el Comprador. Se rechazan expresamente cualesquiera condiciones generales y/o de compra del Comprador.

5. Si una o varias disposiciones de estas condiciones generales fueran total o parcialmente nulas o fueran anuladas, las demás disposiciones de estas condiciones generales permanecerán vigentes y la(s) disposición(es) nula(s)/anulada(s) será(n) sustituida(s) por una disposición con el mismo alcance que la disposición original.

6. Las dudas sobre el contenido, la interpretación o las situaciones no reguladas en estas condiciones generales deberán evaluarse e interpretarse conforme al espíritu de estas condiciones generales.

7. Cuando en estas condiciones generales se haga referencia a ella/la/su, deberá entenderse asimismo como una referencia a él/lo/su, cuando y en la medida en que sea aplicable.

Artículo 3 – La Oferta

1. Todas las ofertas realizadas por CSN no son vinculantes, salvo que se indique expresamente lo contrario por escrito. Si la Oferta es limitada o válida bajo condiciones específicas, esto se indicará expresamente en la oferta. Solo existirá una Oferta cuando esta haya sido formalizada por escrito.

2. La Oferta realizada por CSN no es vinculante. CSN solo quedará vinculada por la Oferta si la aceptación de la misma por parte del Comprador se confirma por escrito en un plazo de 30 días, o si el Comprador ya ha abonado el importe adeudado. No obstante, CSN tendrá derecho a rechazar la celebración de un Contrato con un Comprador potencial por un motivo justificado para CSN.

3. La Oferta contiene una descripción precisa del Producto ofrecido con los precios correspondientes. La descripción es lo suficientemente detallada para que el Comprador pueda realizar una valoración adecuada de la Oferta. Los errores manifiestos o equivocaciones en la Oferta no podrán vincular a CSN. Las posibles imágenes y datos específicos incluidos en la Oferta son meramente indicativos y no podrán servir de base para reclamar indemnización alguna ni para resolver el Contrato (a distancia). CSN no puede garantizar que los colores de la imagen coincidan exactamente con los colores reales del Producto.

4. Los plazos de entrega y términos indicados en la Oferta de CSN son orientativos y, en caso de superación de los mismos, no otorgan al Comprador derecho a resolver el Contrato ni a reclamar indemnización, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.

5. Un presupuesto compuesto no obliga a CSN a suministrar una parte de los bienes incluidos en la oferta promocional o en la Oferta por una parte del precio indicado.

6. En la medida en que exista una oferta promocional, esta no se aplicará automáticamente a pedidos posteriores. Las ofertas promocionales solo serán válidas hasta agotar existencias y según el principio de fin de existencias.

Artículo 4 – Celebración del Contrato

1. El Contrato se perfecciona en el momento en que el Comprador acepta una Oferta de CSN realizando un pedido o pagando el Producto correspondiente.

2. CSN podrá realizar una Oferta a través del sitio web o por teléfono.

3. Si el Comprador ha aceptado la Oferta celebrando un Contrato con CSN, CSN confirmará el Contrato con el Comprador por escrito o, al menos, por correo electrónico.

4. Si la aceptación difiere de la Oferta (en aspectos secundarios), CSN no quedará vinculada por ella.

5. CSN no estará obligada por una Oferta si el Comprador podía razonablemente haber previsto, o debía haber entendido o debía comprender, que la Oferta contenía un error manifiesto o una errata. El Comprador no podrá derivar ningún derecho de dicho error o errata.

6. Si el Comprador ha transmitido el pedido de forma incorrecta (por teléfono), tendrá la posibilidad de comunicar el error a CSN en un plazo de 12 horas tras la recepción de la confirmación del pedido. A continuación, CSN enviará una nueva confirmación por correo electrónico. Si el Comprador no lo comunica oportunamente, no será posible la corrección (anticipada) y podrán derivarse costes de dicha corrección.

7. Queda excluido el derecho de desistimiento para el Comprador.

Artículo 5 – Ejecución del Contrato

1. CSN ejecutará el Contrato según su leal saber y entender y con la máxima capacidad.

2. Si y en la medida en que la correcta ejecución del Contrato lo requiera, CSN tendrá derecho a encargar, a su propio criterio, la realización de determinados trabajos a terceros.

3. El Comprador se asegurará de que todos los datos que CSN indique que son necesarios, o que el Comprador razonablemente deba entender que son necesarios para la ejecución del Contrato, sean facilitados a CSN oportunamente. Si los datos necesarios para la ejecución del Contrato no se han facilitado oportunamente a CSN, CSN tendrá derecho a suspender la ejecución del Contrato.

4. En la ejecución del Contrato, CSN no estará obligada ni comprometida a seguir las instrucciones del Comprador si con ello se modifica el contenido o el alcance del Contrato. Si las instrucciones generan trabajos adicionales para CSN, el Comprador estará obligado a reembolsar los costes adicionales o complementarios correspondientes.

5. Antes de proceder a la ejecución del Contrato, CSN podrá exigir al Comprador una garantía o el pago íntegro por adelantado.

6. CSN no será responsable de daños, de cualquier naturaleza, que se hayan producido por haberse basado CSN en datos incorrectos y/o incompletos facilitados por el Comprador, salvo que CSN conociera dicha incorrección o incompletitud.

7. El Comprador indemnizará y mantendrá indemne a CSN frente a cualquier reclamación de terceros que sufran daños en relación con la ejecución del Contrato y que sean imputables al Comprador.

8. Antes de la compra del Producto, CSN pondrá muestras a disposición del Comprador con el fin de probar el Producto. CSN no ofrece en ningún caso garantía sobre el Producto. El Comprador será responsable de probar el Producto mediante las muestras puestas a disposición por CSN para la aplicación deseada por el comprador.

9. CSN podrá, si se le ha encomendado a tal efecto, proporcionar asesoramiento en relación con el Producto en términos generales. Su contenido no será vinculante y tendrá carácter meramente orientativo, si bien CSN observará los deberes de diligencia que le correspondan. El Comprador decidirá por sí mismo y bajo su propia responsabilidad si sigue los asesoramientos.

10. Los asesoramientos proporcionados por CSN, en cualquier forma, nunca se considerarán asesoramiento vinculante. Las circunstancias reales pueden diferir de la situación sobre la que se haya asesorado.

11. A primera solicitud de CSN, el Comprador estará obligado a evaluar las propuestas facilitadas por esta. Si CSN se ve retrasada en sus trabajos porque el Comprador no realiza una evaluación, o no la realiza a tiempo, de una propuesta presentada por CSN, el Comprador será en todo momento el único responsable de las consecuencias derivadas de ello, como retrasos.

12. La naturaleza del servicio implica que el resultado dependerá en todo momento de factores externos que pueden influir en los informes y asesoramientos de CSN, como la calidad, exactitud y entrega puntual de la información necesaria, así como la aplicación efectiva del producto y las circunstancias concretas de la situación en la que se utilice el producto.

Artículo 6 – Política de devoluciones y exclusión del derecho de desistimiento

Sin derecho de desistimiento para clientes empresariales

El derecho de desistimiento previsto en la Directiva Europea sobre los Derechos de los Consumidores (Directiva 2011/83/UE) y en el Libro 6, artículo 230o, del Código Civil neerlandés se aplica exclusivamente a consumidores. Los clientes empresariales —incluidas empresas, personas jurídicas y personas físicas que actúen en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial— no podrán invocar el derecho de desistimiento ni devolver los productos suministrados.

Derecho de desistimiento para consumidores (mínimo legal)

En la medida en que se trate de una compraventa a distancia con consumidores o fuera del establecimiento comercial, se aplicará lo siguiente:

Plazo de reflexión: El consumidor tiene derecho a resolver el contrato sin indicar los motivos en un plazo de 14 días. En el caso de bienes, este plazo comenzará el día siguiente a aquel en que el consumidor (o un tercero designado por él, distinto del transportista) haya recibido el producto. En caso de varias entregas parciales, el plazo comenzará el día en que el consumidor haya recibido el último envío.

Ejercicio: El consumidor puede ejercer el desistimiento mediante una declaración inequívoca dirigida a CSN (por ejemplo, por correo electrónico).

Plazo de devolución tras el desistimiento: Tras el desistimiento, el consumidor dispondrá de otros 14 días para devolver el producto.

Costes de devolución: Los costes directos de la devolución correrán a cargo del consumidor.

Reembolso por parte de CSN: CSN reembolsará todos los pagos realizados por el consumidor, incluidos los costes de entrega estándar, en un plazo de 14 días tras la declaración de desistimiento. CSN tiene derecho a aplazar el reembolso hasta que haya recibido el producto devuelto o hasta que el consumidor demuestre que lo ha enviado de vuelta.

Depreciación: El consumidor es responsable de la depreciación del producto como consecuencia de un uso que vaya más allá de lo necesario para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento del producto.

Exclusión del derecho de desistimiento en relación con la seguridad alimentaria

De conformidad con el artículo 6:230p, letra f, del Código Civil neerlandés, el derecho de desistimiento queda excluido para:

  • Productos fabricados conforme a las especificaciones del cliente;
  • Productos que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o higiene y cuyo precinto se haya roto después de la entrega.

Muchos de nuestros productos entran en contacto directo o indirecto con alimentos o se utilizan para el envío refrigerado de mercancías perecederas, como carne, pescado o productos farmacéuticos. Por tanto, estos productos quedan excluidos de devolución, independientemente del comprador. Si un embalaje se ha abierto o se ha puesto en uso, se extingue cualquier derecho de devolución, salvo que existan defectos de fabricación demostrables.

Costes de devoluciones excepcionales

Si, previa consulta con nuestro servicio de atención al cliente, se acepta excepcionalmente una devolución, esta siempre conllevará costes. Dichos costes consisten en:

  • los gastos de envío originales al cliente;
  • los costes de la devolución;
  • y una tarifa de gestión de 15 € sin IVA por cada devolución.

Para comunicar una devolución o plantear preguntas sobre las condiciones y los costes adicionales, puede ponerse en contacto con nuestro servicio de atención al cliente a través de info@cooledsolutions.nl o por teléfono en el +31 (0)255 234 200.

Artículo 7 – Embalaje y transporte

1. CSN se compromete frente al Comprador a embalar debidamente los artículos que deban entregarse y a protegerlos de tal manera que, con un uso normal, lleguen a su destino en buen estado.

2. Salvo acuerdo escrito en contrario, todas las entregas se realizarán con impuesto sobre el valor añadido (IVA), embalaje y material de embalaje incluidos.

3. La aceptación de mercancías sin observaciones ni reservas en la carta de porte o el recibo se considerará prueba de que el embalaje se encontraba en buen estado en el momento de la entrega.

Artículo 8 – Inspección y reclamaciones

1. El Comprador está obligado a examinar, o hacer examinar, lo entregado en el momento de la entrega o puesta a disposición y, en cualquier caso, dentro de los 3 días siguientes a la recepción de lo entregado, desempaquetándolo o utilizándolo únicamente en la medida necesaria para poder evaluar si conserva el Producto. A tal efecto, el Comprador deberá comprobar si la calidad y la cantidad de lo entregado se corresponden con el Contrato y si los Productos cumplen los requisitos aplicables en el tráfico comercial normal.

2. El Comprador está obligado a examinar e informarse sobre la forma en que debe utilizarse el Producto. CSN no reconoce responsabilidad alguna por el uso incorrecto del Producto por parte del Comprador.

3. Cualquier defecto o falta visible deberá notificarse por escrito a CSN tras la entrega en info@cooledsolutions.nl. El Comprador dispondrá para ello de un plazo de 14 días tras la entrega. Los defectos o faltas no visibles deberán comunicarse en un plazo de 14 días desde su descubrimiento y, en cualquier caso, como máximo dentro de los 6 meses posteriores a la entrega. En caso de daños en el Producto ocasionados por una manipulación negligente por parte del propio Comprador, el Comprador será responsable de cualquier disminución del valor del Producto.

4. Si, de conformidad con el apartado anterior, se presenta una reclamación dentro del plazo establecido, el Comprador seguirá estando obligado a pagar los bienes adquiridos. Si el Comprador desea devolver bienes defectuosos, ello solo podrá hacerse con el consentimiento previo por escrito de CSN y de la forma indicada por CSN.

5. CSN tiene derecho a iniciar una investigación sobre la autenticidad y el estado de los Productos devueltos antes de efectuar el reembolso.

6. Los reembolsos al Comprador se tramitarán lo antes posible; no obstante, el reembolso podrá tardar hasta 14 días tras la recepción de la declaración de resolución del Comprador. El reembolso se efectuará en el número de cuenta previamente indicado.

7. Si el Comprador ejerce su derecho de reclamación, el Comprador, en calidad de Empresa, no tendrá derecho a suspender su obligación de pago ni a compensar facturas pendientes.

8. En caso de entrega incompleta y/o si faltan uno o varios Productos, y ello es imputable a CSN, CSN, previa solicitud del Comprador, enviará posteriormente el/los Producto(s) faltante(s) o cancelará el resto del pedido. La confirmación de recepción de los Productos será determinante a este respecto. Cualquier daño sufrido por el Comprador como consecuencia del volumen (diferente) de la entrega no podrá reclamarse a CSN.

Artículo 9 – Precios

1. Durante el período de validez de la Oferta, los precios de los Productos ofrecidos no se incrementarán, salvo en caso de modificaciones en los tipos de IVA.

2. Los precios indicados en la Oferta no incluyen el IVA, salvo que se indique expresamente lo contrario.

3. Los precios mencionados en la Oferta se basan en los factores de coste vigentes en el momento de la celebración del Contrato, tales como: derechos de importación y exportación, costes de transporte y descarga, seguros y posibles gravámenes e impuestos.

4. Si se trata de Productos o materias primas cuyos precios fluctúan en el mercado financiero y sobre los que CSN no tiene influencia, CSN podrá ofrecer dichos Productos con precios variables. En la Oferta se indicará que los precios son orientativos y pueden fluctuar.

5. Salvo que se acuerde lo contrario, el Comprador deberá abonar las muestras.

Artículo 10 – Pago y política de cobro

1. El pago deberá efectuarse preferentemente por adelantado en la moneda en la que se haya facturado y mediante el método indicado, salvo que se acuerde y/o indique lo contrario.

2. El Comprador no podrá derivar derechos ni expectativas de un presupuesto emitido previamente, salvo que las Partes hayan acordado expresamente lo contrario.

3. El Comprador deberá realizar el pago en un solo abono en el número de cuenta y con los datos de CSN que se le hayan comunicado. Las Partes solo podrán acordar un plazo de pago distinto previa autorización expresa y por escrito de CSN.

4. Si se ha acordado una obligación de pago periódica por parte del Comprador, CSN estará facultada para ajustar por escrito los precios y tarifas aplicables, respetando un plazo de 3 meses.

5. En caso de liquidación, quiebra, embargo o suspensión de pagos del Comprador, los créditos de CSN frente al Comprador serán inmediatamente exigibles.

6. CSN tendrá derecho a imputar los pagos realizados por el Comprador, en primer lugar, a la reducción de los costes, a continuación, a la reducción de los intereses vencidos y, por último, a la reducción del principal y de los intereses corrientes. CSN podrá, sin incurrir por ello en incumplimiento, rechazar una oferta de pago si el Comprador indica un orden de imputación distinto. CSN podrá rechazar el pago íntegro del principal si no se abonan asimismo los intereses vencidos y corrientes, así como los costes.

7. Cuando el Comprador no cumpla su obligación de pago y no haya satisfecho dicha obligación dentro del plazo de pago establecido de 30 días, el Comprador incurrirá en incumplimiento.

8. A partir de la fecha en que el Comprador incurra en incumplimiento, CSN podrá reclamar, sin necesidad de requerimiento adicional, el interés legal (comercial) desde el primer día de incumplimiento hasta el pago íntegro, así como la indemnización de los costes extrajudiciales conforme al artículo 6:96 del Código Civil neerlandés, calculados según la escala establecida en el decreto sobre indemnización por costes extrajudiciales de cobro de 1 de julio de 2012.

9. Si CSN ha incurrido en costes adicionales o superiores que sean razonablemente necesarios, dichos costes podrán ser objeto de indemnización. Asimismo, los costes judiciales y de ejecución incurridos correrán a cargo del Comprador.

Artículo 11 – Reserva de dominio

1. Todos los bienes entregados por CSN seguirán siendo propiedad de CSN hasta que el Comprador haya cumplido todas las obligaciones siguientes derivadas de todos los Contratos celebrados con CSN.

2. El Comprador no está facultado para pignorar los bienes sujetos a reserva de dominio ni para gravarlos de cualquier otro modo mientras la propiedad no se haya transferido íntegramente.

3. Si terceros embargan los bienes entregados bajo reserva de dominio, o pretenden constituir o hacer valer derechos sobre ellos, el Comprador estará obligado a informar a CSN de ello tan pronto como razonablemente pueda esperarse.

4. En caso de que CSN desee ejercer sus derechos de propiedad mencionados en este artículo, el Comprador concede desde este momento a CSN, o a los terceros que esta designe, autorización y poder incondicionales e irrevocables para acceder a todos los lugares donde se encuentren los bienes propiedad de CSN y recuperar también dichos bienes.

5. CSN tendrá derecho a retener los Producto(s) adquiridos por el Comprador si este aún no ha cumplido (íntegramente) sus obligaciones de pago, pese a existir una obligación de transferencia o entrega por parte de CSN. Una vez que el Comprador haya cumplido finalmente sus obligaciones, CSN hará lo posible por entregar los Productos adquiridos al Comprador lo antes posible y, en todo caso, en un plazo máximo de 20 días laborables.

6. Los costes y demás daños (consecuenciales) derivados de la retención de los Productos adquiridos serán por cuenta y riesgo del Comprador y serán reembolsados por el Comprador a CSN a primera solicitud.

Artículo 12 – Garantía

CSN garantiza que los Productos cumplen el Contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, la idoneidad y/o calidad adecuada, así como las normas/reglamentos legales vigentes en el momento de la celebración del Contrato. Esto también se aplica si los bienes a entregar están destinados a utilizarse en el extranjero y el Comprador ha comunicado expresamente por escrito a CSN dicho uso en el momento de celebrar el Contrato. CSN no puede ofrecer expresamente garantía alguna sobre la aplicación individual del Producto debido a las circunstancias del caso relativas al modo en que se utiliza el producto.

Artículo 13 – Suspensión y resolución

1. CSN estará facultada para suspender el cumplimiento de las obligaciones o resolver el Contrato si el Comprador no cumple, o no cumple íntegramente, las obligaciones (de pago) derivadas del Contrato.

2. Además, CSN estará facultada para resolver, sin intervención judicial, el Contrato existente entre ella y el Comprador, en la medida en que aún no se haya ejecutado, si el Comprador no cumple puntualmente o debidamente las obligaciones que le correspondan en virtud de cualquier Contrato celebrado con CSN.

3. Asimismo, CSN estará facultada para resolver el Contrato sin requerimiento previo de cumplimiento si se producen circunstancias de tal naturaleza que hagan imposible el cumplimiento del Contrato o que, conforme a criterios de razonabilidad y equidad, ya no pueda exigirse, o si se producen otras circunstancias de tal naturaleza que no pueda esperarse razonablemente el mantenimiento inalterado del Contrato.

4. Si el Contrato se resuelve, los créditos de CSN frente al Comprador serán inmediatamente exigibles. Cuando CSN suspenda el cumplimiento de las obligaciones, conservará sus derechos derivados de la ley y del Contrato.

5. CSN se reserva en todo momento el derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios.

Artículo 14 – Limitación de responsabilidad

1. Si la ejecución del Contrato por parte de CSN da lugar a responsabilidad de CSN frente al Comprador o a terceros, dicha responsabilidad se limitará a los costes facturados por CSN en relación con el Contrato, salvo que el daño se haya producido por dolo o culpa grave. En cualquier caso, la responsabilidad de CSN estará limitada al importe máximo de indemnización abonado por la compañía aseguradora por evento y por año.

2. CSN no será responsable de daños consecuenciales, daños indirectos, lucro cesante y/o pérdidas sufridas, ahorros no obtenidos, y queda excluida la responsabilidad por daños derivados del uso de los Productos suministrados.

3. CSN no será responsable ni estará obligado a reparar los daños ocasionados por el uso del Producto. CSN podrá proporcionar instrucciones de mantenimiento y uso que deberán ser cumplidas por el Comprador. Quedan expresamente excluidos de responsabilidad todos los daños a los Productos como consecuencia de su uso y utilización (incluidos, entre otros, signos de uso, daños por uso, daños por caída, daños por luz y agua, robo, pérdida, etc.).

4. CSN no será responsable de los daños que sean o puedan ser consecuencia de cualquier acción u omisión derivada de información (imperfecta y/o incorrecta) en el/los sitio(s) web o en sitios web enlazados.

5. CSN no es responsable de errores y/o irregularidades en la funcionalidad del sitio web y no será responsable de interrupciones ni de la indisponibilidad del sitio web por cualquier motivo.

6. CSN no garantiza la transmisión correcta y completa del contenido de los correos electrónicos enviados por y/o en nombre de CSN, ni su recepción puntual.

7. Cualquier asesoramiento entregado por CSN sobre la base de información proporcionada por el Comprador de forma incompleta y/o incorrecta nunca constituirá motivo de responsabilidad para CSN.

8. El contenido del asesoramiento entregado por CSN no es vinculante y tiene únicamente carácter orientativo. El Comprador decide por sí mismo y bajo su propia responsabilidad si sigue las propuestas y los consejos de CSN mencionados en dicho asesoramiento. Todas las consecuencias derivadas de la aplicación del asesoramiento serán por cuenta y riesgo del Comprador. El Comprador será en todo momento libre de tomar sus propias decisiones que se aparten del asesoramiento entregado por CSN. CSN no estará obligado a ninguna forma de restitución si este fuera el caso.

9. CSN no será responsable de los daños que el Cliente sufra en los productos de terceros en caso de uso del Producto de CSN. Piense, por ejemplo, en la pérdida de calidad de los productos del Cliente.

10. Todas las reclamaciones del Comprador por incumplimiento por parte de CSN caducarán si no han sido notificadas a CSN por escrito y de forma motivada en el plazo de un año desde que el Comprador tuvo conocimiento o pudo razonablemente haber tenido conocimiento de los hechos en los que basa sus reclamaciones. En cualquier caso, todas las reclamaciones del Comprador caducarán un año después de la finalización del Contrato.

Artículo 15 – Fuerza mayor

1. CSN no será responsable cuando, como consecuencia de una situación de fuerza mayor, no pueda cumplir sus obligaciones en virtud del Contrato, ni podrá ser obligada a cumplir obligación alguna si se ve impedida para ello como consecuencia de una circunstancia que no sea imputable a su culpa ni le corresponda asumir en virtud de la ley, de un acto jurídico o de las concepciones generalmente aceptadas en el tráfico jurídico.

2. Por fuerza mayor se entenderá, en todo caso, aunque no exclusivamente, lo que se comprenda al respecto en la ley y la jurisprudencia, (i) fuerza mayor de los proveedores de CSN, (ii) el incumplimiento debido de las obligaciones por parte de proveedores prescritos o recomendados a CSN por el Comprador, (iii) defectos en bienes, equipos, software o materiales de terceros, (iv) medidas gubernamentales, (v) cortes de electricidad, (vi) fallos de internet, de redes de datos y de instalaciones de telecomunicaciones (por ejemplo, debido a: ciberdelincuencia y piratería informática), (vii) catástrofes naturales, (viii) guerra y atentados terroristas, (ix) problemas generales de transporte, (x) huelgas en la empresa de CSN y (xi) otras situaciones que, a juicio de CSN, queden fuera de su esfera de influencia y que impidan temporal o permanentemente el cumplimiento de sus obligaciones.

3. CSN tendrá derecho a invocar la fuerza mayor si la circunstancia que impide el cumplimiento (ulterior) se produce después de que CSN debiera haber cumplido su obligación.

4. Durante el período en que persista la fuerza mayor, las Partes podrán suspender las obligaciones derivadas del Contrato. Si dicho período dura más de dos meses, cualquiera de las partes tendrá derecho a resolver el Contrato, sin obligación de indemnizar a la otra parte por daños y perjuicios.

5. En la medida en que CSN, en el momento de producirse la fuerza mayor, ya haya cumplido parcialmente sus obligaciones derivadas del Contrato o pueda cumplirlas, y la parte cumplida o por cumplir tenga valor independiente, CSN tendrá derecho a facturar por separado la parte ya cumplida o por cumplir. El Comprador estará obligado a abonar dicha factura como si se tratara de un Contrato independiente.

Artículo 16 – Transmisión del riesgo

El riesgo de pérdida o daño de los Productos objeto del Contrato se transmite al Comprador en el momento en que los bienes abandonan el almacén de CSN.

Artículo 17 – Derechos de propiedad intelectual

1. Todos los derechos de propiedad intelectual y derechos de autor de CSN pertenecen exclusivamente a CSN y no se transfieren al Comprador.

2. El Comprador tiene prohibido divulgar y/o reproducir, modificar o poner a disposición de terceros todos los documentos sobre los que recaen los derechos de propiedad intelectual y derechos de autor de CSN sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de CSN. Si el Comprador desea realizar modificaciones en los bienes suministrados por CSN, CSN deberá aprobar explícitamente las modificaciones previstas.

3. El Comprador tiene prohibido utilizar los Productos sobre los que recaen los derechos de propiedad intelectual de CSN de forma distinta a la acordada en el Acuerdo.

Artículo 18 – Privacidad, tratamiento de datos y seguridad

1. CSN tratará con cuidado los datos (personales) del Comprador y de los visitantes del/de los sitio(s) web. Si así se solicita, CSN informará al interesado al respecto.

2. Si, en virtud del Acuerdo, CSN debe proporcionar seguridad de la información, dicha seguridad cumplirá las especificaciones acordadas y un nivel de seguridad que, habida cuenta del estado de la técnica, la sensibilidad de los datos y los costes asociados, no sea irrazonable.

Artículo 19 – Reclamaciones

1. Si el Comprador no está satisfecho con los Productos de CSN y/o tiene reclamaciones sobre el Acuerdo o su ejecución, el Comprador estará obligado a comunicar dichas reclamaciones lo antes posible y, en todo caso, dentro de los 14 días naturales siguientes al hecho correspondiente que haya dado lugar a la reclamación. Las reclamaciones pueden comunicarse a través de info@cooledsolutions.nl con el asunto “Reclamación”.

2. La reclamación deberá estar suficientemente fundamentada y/o explicada por el Comprador para que CSN pueda tramitarla.

3. CSN responderá al fondo de la reclamación lo antes posible y, en todo caso, dentro de los 14 días naturales siguientes a la recepción de la reclamación.

4. Las partes intentarán llegar conjuntamente a una solución.

Artículo 20 – Derecho aplicable

1. Todo Acuerdo entre CSN y el Comprador se regirá por el derecho neerlandés. Se excluye expresamente la aplicabilidad de la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

2. En caso de interpretación del contenido y alcance de estas condiciones generales, el texto neerlandés de las mismas será siempre determinante. CSN tiene derecho a modificar unilateralmente estas condiciones generales.

3. Todas las controversias que surjan de o en relación con el Acuerdo entre CSN y el Comprador serán resueltas por el tribunal competente de Ámsterdam, salvo que disposiciones de derecho imperativo determinen la competencia de otro tribunal.

Ámsterdam, 7 de septiembre de 2021

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